Gente, les paso esta nota que la copié del Kawa, me parece bastante interesante....
Resumen obligatoriedad chalecos y cascos patentados
Notapor jchi69 el Mar Jun 10, 2014 12:56 pm desde Avellaneda, Buenos Aires, Argentina
Pcia. de Buenos Aires: SOLO acompañantes y trabajadores en moto DEBEN llevar chaleco patentado y calco con la patente en el casco. El conductor con o sin acompañante NO DEBE llevar ni chaleco patentado ni calco con la patente en el casco.
Los municipios NO PUEDEN cambiar esto, solo pueden decidir en qué zonas y horarios no se puede andar con acompañante. Salvo Ezeiza y Berisso, los demás municipios no dictaron la restricción de acompañante.
Contra estas medidas hay presentadas dos acciones de amparo, una en 2009 por el tema de los delivery pidiendo la inconstitucionalidad del artículo 48 de la ley (eso hace caer todas las demás medidas), y otro en mayo de 2014 por la nueva resolución para acompañantes y restricción de acompañante.
El del 2009 está desde septiembre de 2013 a sentencia de la Suprema Corte de Justicia de Buenos Aires. El otro está recién resolviendo una cuestión de compentencia previa (decidiendo si es la justicia ordinaria la que debe analizar el nuevo expediente o la SCJBA)
Se han mantenido sucesivas reuniones con funcionarios de la Gobernación, sin lograr ningún tipo de avance. Están determinados a continuar con la medida y están convencidos (al menos discursivamente) de que es justa y útil.
Los miembros de los autoconvocados de La Plata, están manteniendo reuniones asiduas con legisladores de la oposición, consiguiendo buen entendimiento y apoyo. Algunos se han ofrecido a presentar un proyecto de ley modificando el artículo 48 de forma que no se exijan más ni chalecos ni calcos en cascos. Si se modifica ese artículo, todos los decretos y resoluciones anexas que nos afectan, caen junto con él.
Estoy también en conversaciones con el INADI para que de marcha atrás al dictamen que emitieron en 2010 donde decían que la medida no era discriminativa no obstante poder disctutirse la constitucionalidad de la misma, pero que al no ser ésto último materia del INADI, no se expedía al respecto.
Por lo pronto, el Observatorio de la Discriminación en Radio y Televisión (órgano oficial del AFSCA y del INADI), sacó un comunicado diciendo que el término "motorrocho" es discriminativo y que debe procurarse no usarlo. http://www.obserdiscriminacion.gob.ar/?p=2341
Ciudad Autónoma de Buenos Aires: la ley era solo un proyecto del Dip. Ritondo, y al proyecto lo hicimos dar marcha atrás el lunes 02/06/14. No hay nuevo proyecto hasta dentro de 10 días y todo indicaría que ya no pedirían el patentamiento. NO SE DEBE usar ni chaleco patentado ni casco con la calco de patente, ni para el conductor, ni para el acompañante, ni para los delivery
Nación: la ley era solo un proyecto presentado por la Dip. Granados. Ese proyecto logramos que no tome estado parlamentario y que por lo tanto no se trate. Esto se logró en la reunión del 20/05/14 con la Comisión de Transporte del Congreso de la Nación. NO SE DEBE usar ni chaleco patentado ni casco con la calco de patente, ni para el conductor, ni para el acompañante, ni para los delivery.
Córdoba: está la ley y está la reglamentación, pero todavía no se implementó porque los chalecos y cascos los venderá oficialmente el Estado (todavía no licitaron la fabricación). Por ahora NO SE DEBE usar ni chaleco patentado ni casco con la calco de patente, ni para el conductor, ni para el acompañante, ni para los delivery.