Esto es nue vo en cap, ya en la pcia de Entre Rios hace rato que te multan por este tipo de luminarias
La Legislatura de la C.A.B.A. ha modificado la Ley para prohibir las lámparas de Xenon y de estado sólido LED.
Si bien es una tendencia mundial reemplazar la lámparas incandescentes por las de descarga gaseosa o de estado sólido. En la CABA han optado por tomar el camino opuesto tal como puede leerse en el sitio de la Legislatura (esto afecta a todas las lámparas y no solo a los faros principales)
"Por otra ley también aprobada está prohibido en todos los vehículos modificar el tipo y potencia de las luces originales de fábrica correspondientes a su modelo. Se reemplazó el texto del artículo 4.1.7 del Código por el siguiente: "Luces adicionales. Está prohibido en todos los vehículos modificar el tipo y potencia de las luces originales de fábrica correspondientes a su modelo. También está prohibido a cualquier vehículo colocar faros o luces adicionales que no sean los descriptos en el presente artículo, excepto el agregado de dos faros rompeniebla y de hasta dos faros elevados con luces de freno."
Ahora solo falta saber si podrás circular en la ciudad con xenon si tienes patente de otra parte o serás multado por portación de luces.
La Legislatura de la C.A.B.A. ha modificado la Ley para prohibir las lámparas de Xenon y de estado sólido LED.
Si bien es una tendencia mundial reemplazar la lámparas incandescentes por las de descarga gaseosa o de estado sólido. En la CABA han optado por tomar el camino opuesto tal como puede leerse en el sitio de la Legislatura (esto afecta a todas las lámparas y no solo a los faros principales)
"Por otra ley también aprobada está prohibido en todos los vehículos modificar el tipo y potencia de las luces originales de fábrica correspondientes a su modelo. Se reemplazó el texto del artículo 4.1.7 del Código por el siguiente: "Luces adicionales. Está prohibido en todos los vehículos modificar el tipo y potencia de las luces originales de fábrica correspondientes a su modelo. También está prohibido a cualquier vehículo colocar faros o luces adicionales que no sean los descriptos en el presente artículo, excepto el agregado de dos faros rompeniebla y de hasta dos faros elevados con luces de freno."
Ahora solo falta saber si podrás circular en la ciudad con xenon si tienes patente de otra parte o serás multado por portación de luces.